TC inicia VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional con llamado a fortalecer las garantías del debido proceso penal

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TC inicia VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional con llamado a fortalecer las garantías del debido proceso penal

ESPACIOSANIDAD.- El Tribunal Constitucional (TC) inauguró formalmente el VI Congreso Internacional sobre Derecho y Justicia Constitucional, enfocado en el «Debido proceso constitucional en materia penal», un evento que reúne a destacados expertos nacionales e internacionales del derecho penal, procesal penal y constitucional, consolidándose como un foro indispensable para examinar los desafíos del constitucionalismo contemporáneo.

Al pronunciar el discurso inaugural, el magistrado presidente del TC, Napoleón R. Estévez Lavandier, señaló que abordar el debido proceso implica analizar las restricciones que una sociedad democrática impone al ejercicio del poder. En ese sentido, citó al jurista italiano Luigi Ferrajoli, recordando que «las garantías son, pues, los límites y las condiciones del correcto proceso».

Estévez Lavandier resaltó que el artículo 69 de la Constitución consagra estas garantías fundamentales, que «lejos de constituir simples formalidades procesales, representan verdaderos límites constitucionales al ejercicio del poder».

En ese sentido, hizo referencia a decisiones previas del pleno del Tribunal Constitucional, al conceptualizar el debido proceso como «un derecho fundamental y como un principio jurídico-procesal que reconoce que toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, mediante las cuales se procura asegurar un resultado justo y equitativo dentro de un proceso que se lleve a cabo en su contra, permitiéndole tener la oportunidad de ser oída y hacer valer sus pretensiones legítimas frente al juzgador».

El presidente del TC destacó la labor jurisprudencial alcanzada por la corte durante el año 2024, en lo que se refiere a instituciones clave como la revisión jurisdiccional del habeas corpus; la regulación de límites a la reserva de la carpeta fiscal del Ministerio Púbico; la notificación de sentencia al abogado del imputado privado de libertad; la delimitación temporal del archivo provisional y definitivo, y la obligación de la presencia del abogado del imputado en la actividad probatoria.

Subrayó que estas decisiones impactaron la reforma integral del Código Procesal Penal, aprobada mediante la Ley 97-25, promulgada en diciembre de este año, que incorporó los criterios del colegiado.